El Régimen Complementario del Impuesto al Valor Agregado IVA es aplicable en relaciones dependencia establecidas entre:
Empleados del sector público con agente de retención.
Empleados del sector privado con agente de retención.
Son personas que reciben sueldos y salarios de los dependientes, jornales, sobre sueldos, horas extras, bonos, dietas, etc.
Contribuyentes directos
Personas naturales y sucesiones indivisas, que perciben ingresos en forma habitual.
Los ingresos son por alquileres, intereses de depósitos en cajas de ahorro a plazo fijo y cuenta corriente, honorarios, directores de sociedad anónima y síndicos.
Los ingresos son por anticrético (presunto), por sueldos del personal contratado localmente, por misiones diplomáticas, organizaciones internacionales y gobiernos extranjeros.
Los ingresos son de personas contratadas por el sector público (consultores).